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Foto del escritorGabriela Obando

GESTIÓN DE SUELO

¿Qué es la Gestión de Suelo?

El Articulo 44 de la LOOTUGS define la Gestión de suelo como “la acción y efecto de administrarlo, en función de lo establecido en los planes de uso y gestión de suelo y sus instrumentos complementarios, con el fin de permitir el acceso y aprovechamiento de sus potencialidades de manera sostenible y sustentable, conforme con el principio de distribución equitativa de cargas y beneficios”


La distribución equitativa de cargas y beneficios consiste en que cada propietario obtenga un beneficio proporcional a sus contribuciones metropolitanas para garantizar el derecho a la cuidad.


Cargas


Según el articulo 45 de la LOOTUGS, las cargas “ Son los gravámenes, imposiciones, afectaciones y cesiones obligatorias de suelo, derivados de la aplicación de los instrumentos de planeamiento urbanístico y gestión de suelo. Los pagos de las cargas al Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano se realizarán en dinero o en especie como: suelo urbanizado, vivienda de interés social, equipamientos comunitarios o infraestructura. Los pagos en especie no suplen el cumplimiento de las cesiones ni de las obligaciones urbanísticas, ni pueden confundirse con estas.

Las cargas son imposiciones que hace el planeamiento para que el o los propietarios realicen a su coste los sistemas urbanos (vías, áreas verdes, equipamientos, redes de servicios e infraestructura, servicios públicos y demás que se requieran para el desarrollo del territorio determinado).”



Beneficios


Según el articulo 46 de la LOOTUGS, “Se consideran beneficios las rentas y/o utilidades potenciales generadas en los bienes inmuebles, a partir del aprovechamiento del suelo derivado de la asignación de los usos y las edificabilidades establecidas en el plan de uso y gestión de suelo y sus instrumentos complementarios

Los beneficios, como se mencionó, son cambios en el uso y aprovechamiento de los pre- dios que generan una actividad lucrativa en los propietarios.”


Operador Urbano


Según el PUGS, el Operador Urbano del DMQ, “se constituye como getor y ente ejecutor de las políticas de planeamiento territorial, de los programas y proyectos y de los objetivos territoriales planteados en el Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, en el PUGS y en los instrumentos complementarios de planificación y gestión.


Para ello, el Operador Urbano promoverá, fomentará, administrará, y gestionará el suelo y la oferta de suelo para la vivienda con énfasis en la vivienda de interés social en cualquiera de sus formas, en arrendamiento, uso o propiedad; la habilitación de equipamientos y espacios públicos, así como el desarrollo de dotaciones en infraestructura, necesarias para garantizar un adecuado acceso al derecho de cuidad, el derecho a la vivienda y el disfrute y goce de un hábitat adeacuado y digno.


Con la finalidad de ejecutar los progrmas y proyectos que tengan por objeto lo dispuesto en el párrafo anterior, el Operado Urbano coordinará con las entidades municipales y empresas metropolitanas competerntes; y gestionará la intervención pública, público-privada”


¿Cuáles intrumnetos se utilizán para gestionar el suelo?


Es imperante contar con mecanismos de admnistración de suelo para que los gobiernos desentralizdos puedan tener control de las decisiones de territorio, como tambien los cuidadanos puedan tener un acceso justo a loa beneficios resultado del desarrollo territorial.


Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, 2018




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